Saltar al contenido

Impacto del calor extremo en el trabajo al aire libre: Las medidas adoptadas por el nuevo decreto

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se establecen una serie de medidas urgentes. Entre estas la prohibición de ejercer determinados trabajos al aire libre durante las horas del día en las que se produzcan fenómenos metereológicos adversos, siempre y cuando Aemet emita alerta roja o naranja.

¿Qué implica la nueva normativa?

En el momento que se emita alerta roja o naranja por parte de Aemet y las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, esto incluye la reducción o modificación de las horas previstas para la jornada.

¿Cuáles son las recomendaciones?

Realizar tareas solo en horas libres de fenómenos meteorológicos adversos.

Planificar las actividades de manera que se reduzca el tiempo en exteriores durante situaciones de alerta por temperatura establecidas por la Autoridad competente en cada comunidad autónoma.

Asignar las labores en las horas más frescas del día, como la primera hora de la mañana y la última hora de la tarde.

Suministrar agua fresca y fomentar su consumo frecuente entre el personal.

Proveer a los trabajadores con ropa ligera y transpirable, de preferencia en tonos claros, evitando elementos como serigrafías, plastificados u otros que obstaculicen la transpiración.

Medidas para situaciones de calor elevado o extremo:

Implementar sistemas que faciliten la aplicación de medidas de enfriamiento personal, como grifos o duchas para refrescar la cabeza o la nuca.

Fomentar la vigilancia mutua entre los trabajadores expuestos al calor durante su jornada laboral, con el fin de identificar tempranamente los efectos del calor (calambres, deshidratación, agotamiento), garantizar una adecuada ingesta de agua a lo largo del día, controlar el tiempo máximo de exposición y el mínimo de descanso, y aplicar medidas de enfriamiento personal. Dividir las actividades, establecer rotaciones y pausas a lo largo de la jornada.

Aplicar medidas específicas en jornadas de trabajo en el campo: En tareas que requieran un esfuerzo físico extraordinario o en condiciones especialmente adversas de temperatura o humedad, la duración de la jornada laboral no debe superar las seis horas y veinte minutos diarios ni las treinta y ocho horas semanales efectivas de trabajo. (Limitaciones de jornada en el trabajo agrícola. Artículo 24 del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales de trabajo).

EuroPrevención es una empresa de formación en Prevención de Riesgos Laborales de empresas, autónomos, trabajadores y desempleados en materia de Prevención de Riesgos Laborales en Madrid. ¡No dudes en contactarnos!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Habla con nosotros